Aunque este ejemplo ilustra cómo sacar efectos personales
desde EEUU a España, servirá de guía
para otros paises y sobre os ayudará a tener las cosas
más claras.
Documentación necesaria para sacar efectos
personales de EEUU a España
Una vez termina la experiencia en Estados Unidos, y para aquellos
que necesitan enviar de vuelta a casa sus pertenencias empieza
de nuevo la aventura de la mudanza. Sin duda los parámetros
para la selección de la empresa de mudanzas son los
mismos que se comentan al principio. Tanto en la ida como
en la vuelta, el ideal es poder trabajar con la misma empresa
en destino y en origen, de manera que se tenga siempre un
único contacto que siga la mudanza de principio a fin.
Antes de seleccionar la empresa vale la pena echar un vistazo
a las cosas que queremos llevarnos de vuelta a España
o a cualquier otro destino que nos planteemos esta vez. A
veces resulta más caro y engorroso llevarnos nuestras
cosas que vender las antiguas y comprar nuevas en destino,
aunque esa opción no es ni siquiera planteable con
esas pertenencias que tienen algún valor sentimental.
Para estos casos, cuando se trata de envíos muy pequeños
y no delicados, a veces sale más a cuenta llevarlos
con nosotros como equipaje extra o incluso moverlo con empresas
de mensajería cuando se trata, por ejemplo, de ropa.
A parte de estos casos muy concretos, para poder mudarse
a España sin necesidad de pagar impuestos hace falta
haber estado fuera del país mínimo un año
y presentar ante los documentos siguientes:
- Baja Consular: Documento que extiende el consulado español
y que expone que el titular ha residido por más de
un año fuera de España. El mismo documento
dice entre qué fechas el titular ha estado registrado
en ese consulado y por lo tanto sin residir en España.
Así que está claro que cualquier ciudadano
español debe registrarse en su consulado al llegar
a NY para evitar problemas en el momento que decida volver
a España.
- Estar debidamente registrados en Hacienda
- Pasaporte /DNI
- Certificado de alta en el padrón municipal (ciudadanos
europeos) o Permiso de Residencia para los ciudadanos no
europeos)
En todo caso resulta siempre beneficioso explicar en el momento
de la mudanza cuál es la situación legal del
trasladado para poder informar de forma más concreta
sobre los documentos necesarios para poder importar a España.
En caso de que no pueda aportarse alguno o todos los documentos
requeridos por la aduana la importación conllevará
el pago de impuestos. Para podernos hacer una idea de lo que
esto supone, debemos calcular que habrá que pagar un
16 % de IVA más entre un 1% y 4% de aranceles sobre
el valor que se le da a los bienes sobre el inventario. Sobre
todo, no confundir esta valoración con la que se efectúa
para la contratación del seguro de la mudanza.
Documentación necesaria para sacar efectos personales
de vuestros país a EEUU
Ultima revisión
artículo: 24-JUL-2005